# Sociedad conyugal

> Régimen patrimonial del matrimonio que rige por defecto en Argentina (comunidad de ganancias). Los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran de ambos cónyuges en partes iguales.

**Categoría**: Legal y contractual
**URL**: https://futuraprop.com/diccionario/sociedad-conyugal

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## ¿Qué es exactamente?

La sociedad conyugal es el régimen patrimonial que aplica por defecto a todos los matrimonios argentinos salvo que se pacte separación de bienes en convenio prematrimonial. Los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran gananciales: pertenecen 50/50 a ambos cónyuges.

## Preguntas frecuentes

### ¿Puedo pactar separación de bienes con mi cónyuge?

Sí, mediante convenio prematrimonial o cambio de régimen durante el matrimonio (CCyC permite). Es trámite notarial. Útil para profesionales con riesgo patrimonial o segundos matrimonios con hijos previos.

## Términos relacionados

- [bien-ganancial](https://futuraprop.com/diccionario/bien-ganancial)
- [bien-propio](https://futuraprop.com/diccionario/bien-propio)
- [escritura-traslativa-de-dominio](https://futuraprop.com/diccionario/escritura-traslativa-de-dominio)

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*Entrada del [Diccionario inmobiliario argentino](https://futuraprop.com/diccionario) de futuraprop. Última actualización: 2026-05-21.*