Régimen de propiedad y consorcio

Síndico (de consorcio)

Propietario designado por la asamblea para controlar la gestión del administrador. Función fiscalizadora. Útil en edificios grandes para garantizar transparencia. No siempre se designa (es opcional según reglamento).

¿Qué es exactamente?

El síndico es el 'auditor interno' del consorcio. Designado por asamblea entre propietarios. Función: revisar libros de administración, verificar pagos, controlar gestión del administrador. No siempre se elige — depende del reglamento y de la voluntad de los propietarios. En edificios grandes es buena práctica.

Preguntas frecuentes

No, depende del reglamento. Algunos reglamentos lo exigen; otros lo hacen opcional. Es buena práctica designarlo en edificios grandes (20+ unidades) para garantizar control de la gestión administrativa.

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Términos relacionados

Consorcio

Administrador de consorcio

Persona física o jurídica designada por la asamblea para administrar los asuntos del consorcio. Lleva los libros, recauda expensas, contrata servicios y representa al consorcio frente a terceros.

Consorcio

Asamblea de copropietarios

Reunión formal de los propietarios de un edificio donde se toman las decisiones más importantes del consorcio: aprobación de presupuesto anual, designación de administrador, gastos extraordinarios y modificaciones del reglamento.

Consorcio

Expensas

Pagos mensuales que hacen los propietarios de un edificio para cubrir gastos comunes: encargado, ascensores, limpieza, luz de palieres, mantenimiento estructural y servicios del consorcio.

Consorcio

Propiedad horizontal

Régimen jurídico que permite la coexistencia de propiedades individuales (unidades funcionales) y partes comunes en un mismo inmueble. Es el marco legal de todos los departamentos, PHs y conjuntos edilicios argentinos.

Consorcio

Consorcio

Conjunto de propietarios de un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal. Tiene personería jurídica propia, administrador designado y patrimonio separado del de cada propietario individual.

Consorcio

Expensas extraordinarias

Gastos puntuales no presupuestados del consorcio: cambio de ascensor, refacción de fachada, arreglo de bomba, deuda con proveedores. Las paga el propietario (no el inquilino) en alquileres residenciales.

Consorcio

Expensas ordinarias

Gastos previstos y recurrentes del consorcio: sueldos del encargado, mantenimiento de ascensores, electricidad común, limpieza, seguros, administración. Las paga el inquilino en alquileres residenciales.

Consorcio

Reglamento de copropiedad

Documento legal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble que organiza la convivencia, los porcentuales de copropiedad, los gastos comunes y los derechos y obligaciones de los propietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal.