Dominio (propiedad)
Derecho real más pleno sobre una cosa: incluye facultades de usar, disfrutar y disponer libremente, dentro de los límites legales. En inmuebles, se transmite por escritura traslativa de dominio inscripta en el Registro de la Propiedad.
¿Qué es exactamente?
El dominio es el derecho real más fuerte que existe sobre una cosa. Quien tiene dominio sobre un inmueble puede: usarlo (vivir en él, alquilarlo), disfrutar sus frutos (cobrar alquileres), disponer de él (venderlo, hipotecarlo, donarlo, dejarlo por testamento). Los límites son las restricciones legales y derechos de terceros (servidumbres, usufructo, hipoteca).
Está regulado por el Código Civil y Comercial (artículos 1941 y siguientes). Para que un inmueble cambie de dominio se requiere: título suficiente (boleto/escritura) + modo suficiente (tradición / entrega de posesión) + publicidad (inscripción en RPI).
Aspectos legales y operativos
- Facultades
- - Ius utendi: derecho de usar - Ius fruendi: derecho de obtener frutos - Ius abutendi: derecho de disponer (vender, hipotecar, modificar)
- Adquisición
- Por contrato (compraventa, donación, permuta) + escritura + inscripción. También por usucapión (posesión continuada 20 años), accesión, herencia.
Preguntas frecuentes
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Términos relacionados
Escritura traslativa de dominio
Instrumento público otorgado por escribano que transmite el dominio de un inmueble del vendedor al comprador. Es el acto jurídico que perfecciona la compraventa: hasta que se firma e inscribe, el comprador no es propietario.
LegalBoleto de compraventa
Contrato privado de compraventa de inmueble que adelanta la operación: el comprador entrega una seña sustantiva y el vendedor se obliga a escriturar en un plazo determinado, generalmente 30 a 60 días.
TrámitesInforme de dominio
Certificación oficial emitida por el Registro de la Propiedad Inmueble que muestra la titularidad actual de un inmueble, sus gravámenes y la cadena de transmisiones. Documento obligatorio antes de firmar boleto y antes de escriturar.
LegalCondominio
Derecho de propiedad compartido por dos o más personas sobre una misma cosa, sin división física. Cada condómino tiene una parte indivisa (porcentaje) y derecho proporcional de uso. Distinto de propiedad horizontal.
LegalUsufructo
Derecho real que permite a una persona (usufructuario) usar y disfrutar una cosa ajena con obligación de conservarla. El titular del dominio (nudo propietario) conserva la propiedad pero pierde temporalmente el uso.
LegalHipoteca
Derecho real de garantía constituido sobre un inmueble que asegura el cumplimiento de una obligación (típicamente un préstamo). El acreedor puede ejecutar el inmueble si el deudor no paga, vendiéndolo en subasta para cobrarse del producido.
LegalReserva
Documento por el cual el comprador interesado entrega una suma de dinero al corredor o al vendedor para 'reservar' la propiedad por un plazo corto (5 a 15 días) mientras se negocia el boleto definitivo. Es el primer compromiso económico de la operación.
LegalSeña
Suma de dinero que el comprador entrega al vendedor al firmar el boleto de compraventa como confirmación del compromiso. Típicamente representa entre el 15% y el 30% del precio total y tiene efecto pleno: si una parte se arrepiente, paga penalidad.